martes, 13 de noviembre de 2007

ASOCIACIÓN DE PAIS DE USUARIOS
DO CENTRO OCUPACIONAL
“CARMEN POLO”
C/ A Cabana- San Antonio , nº 14
15590 FERROL
Tfº 981327907- 639422083
NIF.-G70094271
Excmo. Sr.:
La Asociación con la denominación arriba expuesta, a Vd., con arreglo a Legislación :

E X P O N E

Que existe un claro incumplimiento de las Leyes, por parte de la Administración, que se está llevando a cabo con 150 usuarios, la mayoría Grandes Dependientes, mas que valorados y que una vez rebasada la edad escolar dejan de ser amparados por las leyes de Educación, y son atendidos de forma provisional, con la precariedad que ello implica, en una llamada zona ocupacional de mayores de Centro de Educación Especial Carmen Polo de Ferrol, dependiente de la Conselleria de Educación. Esta anómala e ilegal situación está privando a estos especiales usuarios de una atención digna y adecuada de terapia ocupacional, ajuste personal y social, que conduce a mantener unas expectativas pobres respecto a sus progresos, que situados ante aprendizajes correctos, podrían evolucionar hasta el máximo de sus posibilidades. Es por lo que, haciendo uso de los derechos que la Ley les confiere, presentamos la presente reclamación, en base a los siguientes:

F U N D A M E N T O S D E H E C H O S

Consta en el amplio dossier, que adjuntamos, que existe una reiterada demanda de estos padres y madres de muchos años ante la Administración solicitando la legalización de la situación de sus hijos e hijas y dotarlos de Residencia y Centro Ocupacional dignos y adecuados con personal suficiente y cualificado, así como Servicios Sociales, asuma sus competencias, como le corresponde por Ley. En este peregrinar por los despachos, solo hemos conseguido promesas incumplidas.
En esta desesperante situación llegamos a mayo de año 2005, en campaña electoral, los responsables políticos de Educación y Familia, que engloba Sociales atienden nuestras demandas y firman ante los padres y Vicepresidente de la Xunta el acuerdo y obras para dotar a los mayores de Residencia y Centro Ocupacional , modélico según estos responsables, todo esto con un presupuesto de 2,5 millones de Euros, además de una piscina terapéutica para todos los usuarios del Centro, pasando, al finalizar las obras, los mayores a depender de Servicios Sociales. Pero cambió el color político de la Xunta, bajo cuya responsabilidad se llevaron a cabo la remodelación y obras resultando totalmente inadecuadas e insuficientes al planificarlas, sin tener en cuenta el numero de usuarios ni sus diferentes tipologías, con la agravante de que los actuales responsables, Educación y Vicepresidencia , que ahora engloba Servicios Sociales, no asumen el compromiso firmado por los anteriores responsables de Xunta, de que aun en unas inadecuadas instalaciones, asuma Sociales la competencia de mayores, alegando Educación que Vicepresidencia pone impedimentos y Vicepresidencia, al contrario, que Educación bloquea los acuerdos, increíble en una Autonomía que presume de liderazgo en temas sociales, y así llevan tres años, con estos intereses políticos, vulnerando la Ley y los derechos de nuestros hijos e hijas, a los cuales esta nueva situación agravó su precariedad, y que requiere una actuación urgente por parte de la administración, como así lo reconoció el parlamentario Fernando Blanco del B.N.G. en una reciente visita al Centro que esta Asociación le requirió.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O

A).- CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA., ARTº 49.- Atención a los disminuidos psíquicos.
Los poderes públicos, prestaran la atención especializada que requieran y los ampararan especialmente para el disfrute de sus derechos.

B).- LEY 4/1993, de 14 de Abril, de Servicios Sociales de Galicia.
Artº 4.- Los Servicios Sociales, se configuran, como un sistema integrado de protección social orientado a la prestación de atenciones y servicios que posibiliten la mejora de la calidad de vida, especialmente de aquellos que sufren algún tipo de carencia.

C).- LEY 39/2006, de 14 de Diciembre, de Atención a la Dependencia.
Artº 11.- Participación de las Comunidades Autónomas en el Sistema.
Apartado a.- Les corresponde planificar, ordenar, coordinar y dirigir, en el ámbito de su territorio, los servicios de atención a las personas en situación de Dependencia.

Por ello, significo a V.E., que la actual situación en la que se hallan estos 150 usuarios, Grandes Dependientes, vulnera los derechos que tanto las Leyes, como nuestra Ley de Leyes, amparan a este tipo de personas en razón de su dignidad y nosotros que nos hemos visto involucrados por razones obvias, en el mundo de los Dependientes, cansados de tantas trabas e impedimentos, no renunciamos desde una postura solidaria con ellos hacia una legitima defensa de sus derechos constitucionales.

Por lo expuesto, elevamos esta reclamación, para que V.E., en el ámbito de sus competencias y actuaciones, si procede, defienda los derechos de estos especiales ciudadanos

Es justicia que pedimos, en Ferrol a los tres días del mes de Octubre del año dos mil siete.














EXCMO. SR. DEFENSOR DO POVO GALEGO

1 comentario:

ami dijo...

Quisiera expresar mi más firme apoyo a todas las reclamaciones realizadas en la denuncia de una situación insostenible e inacepatable.
Dicho lo anterior, espero que esta denuncia no quede en agua de borrajas. En su día, personalmente hice otra de similares características al Defensor del Pueblo a nivel estatal, por su parte la respuesta fue inmediata, pero no así las informaciones requeridas a las autoridades autonómicas, no una, sino hasta dos veces y la última de ellas por vía de urgencia. Y las autoridades sin responder
¿Qué sucede aquí?¿Ya no se puede ni confiar en las máximas autoridades?¿Quién está protegiendo a quién?¿Cómo es posible obviar las leyes de esta manera? Desconfianza